Santa Fe: la Corte Suprema dejó firme el límite de 1.000 metros para fumigaciones y cerró el caso Sastre

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó con un fallo de pocas líneas el recurso presentado por la Municipalidad de Sastre, en la provincia de Santa Fe, y dejó firme la sentencia que prohíbe las fumigaciones terrestres con agroquímicos dentro de un perímetro de 1.000 metros desde el límite de la planta urbana.

La medida había sido dispuesta en 2020 por el juez Duilio Hail, en el marco de una acción de amparo colectivo ambiental presentada por vecinos de la localidad. La sentencia también declaró parcialmente inconstitucional una ordenanza municipal que establecía distancias menores y exhortó al municipio a adecuar su normativa.

Un proceso iniciado en 2018

El reclamo comenzó en 2018, cuando vecinos de Sastre cuestionaron la aplicación de agroquímicos en campos cercanos al área urbana. La causa atravesó distintas instancias judiciales. La Cámara de Apelaciones de Rafaela y la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe confirmaron la decisión de primera instancia, antes de que el municipio recurriera ante la Corte Suprema de la Nación.

La Municipalidad sostuvo, entre otros argumentos, que la acción de amparo no era la vía adecuada, cuestionó la valoración de la prueba científica y planteó que la sentencia había establecido una regulación general que excedía las facultades del Poder Judicial.

La Corte Suprema de la Nación rechazó el recurso y no habilitó la revisión del fondo del caso.

Alcance de la medida

La prohibición alcanza a las fumigaciones terrestres con agroquímicos dentro de un radio de 1.000 metros desde el límite de la planta urbana de Sastre. El fallo no establece una regla general aplicable automáticamente a todas las localidades del país. Sin embargo, deja firme el criterio adoptado para este caso y podría ser considerado como antecedente en otros procesos judiciales vinculados con la aplicación de agroquímicos en áreas periurbanas.

Durante el proceso, los tribunales analizaron la aplicación del principio precautorio, el alcance de las acciones colectivas ambientales y la valoración de la evidencia científica frente a posibles riesgos para la salud y el ambiente.

Participación ciudadana y polémica

La demanda fue impulsada por vecinos de Sastre y contó con la representación de la Defensoría General del Poder Judicial de Santa Fe. La Municipalidad, el Gobierno provincial y un grupo de productores agropecuarios participaron en distintas etapas del expediente, con posiciones contrapuestas sobre el alcance de la restricción, sus posibles efectos económicos y la normativa aplicable.

Con el rechazo del recurso municipal, la causa quedó cerrada en la instancia judicial nacional. Para Sastre, el principal efecto de la decisión es la vigencia definitiva de la zona de exclusión de 1.000 metros para las fumigaciones terrestres alrededor de la planta urbana.

Mas info: Web de la Corte Suprema

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