El análisis de Javier Souza Casadinho expone la nueva norma que moderniza registros, pero cede soberanía en Límites Máximos de Residuos (LMR) y mantiene problemáticas socioambientales.
La Resolución 458/25 del SENASA, publicada el 25 de junio de 2025, establece un nuevo “régimen para el control, autorización y monitoreo de productos fitosanitarios” en Argentina, actualizando la Resolución 350/99 con manuales que armonizan normas internacionales. Este estudio del Ing. Agr. Javier Souza Casadinho, del Centro de Estudios sobre Tecnologías Apropiadas de la Argentina (CETAAR) y RAP-AL, analiza su impacto en un país que consume 580 millones de kg/litros de plaguicidas al año en 36 millones de hectáreas, un aumento del 1,657% desde 1990.
Contexto del Uso Intensivo de Plaguicidas
El consumo masivo, impulsado por cultivos extensivos como soja, maíz y trigo, genera contaminaciones en suelo, agua, aire y vegetación, resistencias en plagas, desaparición de insectos benéficos y riesgos sanitarios agudos y crónicos, incluyendo intoxicaciones y disrupción endocrina. Sin ley nacional integral, regulaciones previas como los decretos 3489/58 y 5769/59, y resoluciones como 350/99 o 1004/2023 para bioinsumos, no resuelven plenamente estas amenazas socioambientales.

Innovaciones de la Nueva Normativa
La resolución aprueba manuales para autorizar establecimientos e importadores vía declaración jurada, otorga registros indefinidos con posibilidad de cancelación por nueva evidencia científica, y adopta el Sistema Globalmente Armonizado (SGA) para clasificar toxicidad en cinco categorías más “no clasificado”, con pictogramas y frases como “Peligro” o “Atención”. Facilita importaciones de países equivalentes como EE.UU., UE y Brasil, pero exige ensayos de eficacia en al menos tres zonas agroecológicas y determinación de LMR basadas en Buenas Prácticas Agrícolas (BPA) locales para registros definitivos.
Críticas Centrales y Cesión de Soberanía
Aunque reconoce que la norma mejora el etiquetado y reevaluaciones por riesgos ambientales o resistencias, el autor señala que persiste la confidencialidad en datos toxicológicos y ecotoxicológicos, limitando la transparencia. Javier Souza Casadinho critica la cesión de soberanía en Límites Máximos de Residuos (LMR) al permitir usar límites de países extranjeros si faltan datos locales, priorizando importaciones rápidas sobre condiciones agroecológicas argentinas únicas, como en Pampas o NOA, y afectando la salud pública
Persistencia de Problemáticas Socioambientales
A pesar de la nueva norma, persisten graves irregularidades: accidentes en fábricas como Sigma (Mercedes, 2019), ATANOR (2024) y Logischem (La Matanza, 2025) liberan gases tóxicos en zonas urbanas; venta en comercios no habilitados como ferreterías en Marcos Paz y Mercedes; aplicaciones con mochilas obsoletas en Escobar; incumplimiento de zonas de restricción en Marcos Paz y Exaltación de la Cruz. Particularmente alarmante es la exposición intrauterina a agroquímicos en hijos de trabajadores rurales, que según Aiassa (2018) eleva el riesgo de anomalías congénitas representando el 20% de las muertes en el primer año de vida en Argentina.
En Argentina se venden productos prohibidos como fipronil y clorpirifos en Tandil, Merlo y Lobos, junto a imidacloprid, paraquat y atrazina pese a vetos en otros países; los desechos de envases se entierran o quedan por falta de centros de acopio, contaminando aire, suelo y agua; y fraccionamiento en bidones de bebidas ignorando tiempos de carencia y dosis seguras.
Ausencia de Ley Nacional Integral
Argentina carece de una ley nacional de plaguicidas, dependiendo de 21 leyes provinciales y regulaciones dispersas como decretos, resoluciones y circulares del SENASA, lo que fragmenta el control y fiscalización. Esta dispersión permite la persistencia de plaguicidas altamente peligrosos (PAP) definidos por FAO/OMS y PAN, sin prohibiciones sistemáticas ni participación de la sociedad civil en registros, agravando impactos en la salud y el ambiente. RAP-AL insta a una normativa unificada que priorice la agroecología y la soberanía alimentaria.
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